Publicada la primera lista de empresas involucradas en la ocupación de Palestina: un reto a la aplicación de la RSC

Santiago González Vallejo
Hoy tenemos una respuesta, parcial, a las demandas de implementar el derecho internacional. En marzo de 2016 se aprobó en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en Ginebra, un mandato a la Alta Comisionada para que se elaborase una base de datos de las empresas que actuaban en los Territorios Palestinos Ocupados favoreciendo la ocupación.
Michelle Bachelet en una pregunta del Comité de Solidaridad con la Causa Árabe (CSCA), el 8 de diciembre del año pasado con motivo de su visita a Madrid para participar en la COP 25, sobre cuándo se iba a publicar y si había presiones para que no se hiciera por parte de varios Estados, incluido España, dado que existe por lo menos una empresa afectada, Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles (CAF), señaló que sólo había retrasos por la comprobación con las empresas de la lista inicial, pero que ella asumió su responsabilidad y que no había aceptado presiones de nadie para ocupar el cargo.
La lista inicial está publicada. Bachelet y su equipo han cumplido.
Se llama, Base de datos de todas las empresas comerciales involucradas en las actividades detalladas en el párrafo 96 de la misión internacional independiente de investigación para conocer las implicaciones de las colonias israelíes sobre los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales del pueblo palestino en todo el territorio palestino ocupado, incluyendo Jerusalén Este:
https://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=25542&LangID=E
Entre las empresas mencionadas están las de servicios turísticos, Airbnb, Booking, Edreams, Expedia y TripAdvisor; Re/Max, inmobiliaria; los Bancos Hapoalim y Leumi que participan en programas de la Unión Europea; Mekorot, la empresa que saquea el agua; Alstom, del mundo de equipos eléctricos y ferroviarios; o Shapir Engineering and Industry, constructora en consorcio con CAF para la explotación y construcción de líneas de tranvía entre la ocupada Jerusalén y las colonias que la rodean.
En septiembre del año pasado, el CSCA pidió a la Alta Comisionada Bachelet que se incluyera en esa lista de empresas, a CAF. Tras la publicación de esta lista inicial, dado que no hay por parte de CAF ninguna intención de desistir en ese proyecto, es probable que se renueve la petición de su inclusión en la lista del apartheid hasta que no desista del proyecto en los Territorios Ocupados palestinos que ya ha supuesto expropiaciones y desplazamientos de población palestina.
De las 112 primeras empresas mencionadas, hay 6 de Estados Unidos, 4 de los Países Bajos, 3 de Francia, 3 del Reino Unido, 1 del paraíso fiscal de Luxemburgo (eDreams), 1 de Tailandia (Indorama Ventures); y las 94 restantes, israelíes.
A este informe tendrían que suceder relevantes consecuencias. No solo el boicot de grupos solidarios pro palestinos, sino el ejercicio de la capacidad normativa de los Estados, más allá de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC). Está claro, que la RSC de esas empresas delincuentes es nula. Ahora toca a los Estados ejercer la defensa y respeto a las leyes internacionales, para sancionar a esas empresas delincuentes en sus países y que dejen de operar en los mismos. No sólo que los productos o servicios de esas empresas delincuentes realizados en los Territorios Ocupados Palestinos estuvieran excluidos del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea e Israel y se les quitase la exención arancelaria, pagando de esta forma un arancel de países terceros, postura tradicional de la UE que no ha puesto en duda el Tribunal de Justicia Europeo en su sentencia sobre el etiquetado de productos; lo propio es la prohibición de que las empresas pudieran operar en el espacio internacional. Prohibición de comerciar con los productos o servicios realizados en las colonias y a las propias empresas, aunque tuvieran otros centros de actividad, para que no puedan ejercer fuera de la potencia ocupante, independientemente de su sede social.
Por eso, a la respuesta parcial del Consejo de Derechos Humanos, si se quiere cumplimentar el derecho internacional, hay que ejercitar sanciones, prohibir las transacciones con las empresas que están involucradas con la ocupación. Involucración, no lo olvidemos, que forma parte de la idiosincrasia y parámetros de la potencia ocupante, Israel, a la que, por lógica se debería extender las penalizaciones.
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